CONTRATO DE SERVICIOS BANCARIOS ELECTRONICOS

 

I. Aceptación del Contrato de Servicio

 

El Cliente, (“Usted”) entiende que no está obligado a aceptar este Contrato de Servicio o registrarse en este servicio.

 

Este Contrato de Servicio regula los servicios provistos a través de Banca por Internet y TelePago Popular® provistos por el Banco Popular de Puerto Rico (el “Banco”). Estos Servicios le permiten a Usted efectuar ciertas transacciones bancarias en las cuentas asociadas a los Servicios a través del uso de una computadora personal, teléfono y/o teléfono celular.

 

Usted acepta que los términos y condiciones de este Contrato de Servicio se le proveen en forma electrónica y cualquier aceptación suya de tales términos constituye un consentimiento a los mismos. Además Usted acepta el conocimiento del recibo de las divulgaciones de este contrato. Usted acepta que toda notificación relacionada a los servicios bancarios electrónicos será divulgada a través de medios electrónicos.  Usted será responsable de notificar al Banco de cualquier cambio a la dirección de correo electrónico provista por Usted. Usted podrá notificar al Banco de cambios en su dirección de correo electrónico en cualquier momento según se indica más adelante.

 

Transacciones efectuadas de acuerdo a las deposiciones de este Contrato de Servicio, están reguladas por varias leyes federales, incluyendo Electronic Funds Transfers Act, Truth in Savings Act, Fair Credit Billing Act, Truth in Lending Act, entre otras. Se requiere que el Banco le provea a usted ciertas divulgaciones y notificaciones relacionadas con sus derechos y responsabilidades bajo ciertas Leyes Federales, incluyendo las mencionadas anteriormente.


II. DIVULGACIÓN E- SIGN

 

La ley Electronic Signatures in Global and National Commerce ACT (E-Sign) permite al Banco, luego de obtener su consentimiento, proveerle por medios electrónicos todas las notificaciones y divulgaciones relacionadas con los servicios bancarios electrónicos, los estados de cuenta y/o las facturas de Popular, con el propósito de satisfacer cualquier reglamento que requiera la entrega por escrito de las mismas.

 

A. Consentimiento

a. Usted entiende que los términos y condiciones de este Contrato de Servicio están siendo provistos en forma electrónica y cualquier aceptación suya a tales términos constituye un consentimiento a los mismos.

b.  Usted acepta el conocimiento del recibo de las divulgaciones de este contrato.

c. Usted acepta que toda notificación o divulgación relacionada a los servicios bancarios electrónicos, estados de cuentas y/o facturas de Popular será enviada a través de correo electrónico a la dirección de correo electrónico provista por Usted o publicadas en la página de Internet del Banco.

 

B. Derecho a retirar consentimiento

 

Usted tendrá derecho a retirar su consentimiento para recibir comunicación electrónica. Para hacerlo será necesario que se conecte al servicio de Banca por Internet y modifique esa opción o se comunique a Tele Banco Popular al (787)  724-3655 ó 1-888-724-3655.

 

a. Servicios Bancarios Electrónicos -  Al retirar su consentimiento al recibo de comunicación electrónica relacionada a los servicios bancarios electrónicos Usted no podrá permanecer inscrito en el servicio de Banca por Internet.

b. Servicio de e-Statement - Al retirar su consentimiento al recibo de comunicación electrónica relacionada a su estado de cuenta el Banco permitirá que Usted vuelva a recibir los estados en papel. En caso de que su cuenta no provea la opción de recibir estados en papel, según establecido en el Anejo al Contrato de Cuentas de Depósito, el Banco permitirá que Usted cambie su cuenta a una que provea los estados de cuenta en papel. 

c. Servicio de e-Bills - Al retirar su consentimiento al recibo de comunicación electrónica relacionada a sus facturas de Popular, Usted recibirá sus facturas en papel.

 

C. Derecho a recibir documentación

 

Usted tiene el derecho de recibir cualquier notificación o divulgación por escrito, así como copia del Contrato de Servicio. Para obtener  copia del Contrato de Servicio, notificaciones o divulgaciones relacionadas al Servicio Usted puede visitar cualquiera de nuestras sucursales.

 

También podrá llamar a los siguientes números de teléfono los 7 días de la semana, las 24 horas del día:

 

Tele Banco Popular ®

(787) 724-3650/1-888-724-3650

TelePago Popular®

(787) 724-3652/1-888-724-3652

Banca por Internet

(787) 724-3655/1-888-724-3655

Clientes Audio Impedidos (TDD)

(787) 753-9677/1-800-981-9666

 

También podrá escribir a:

 

Banco Popular de Puerto Rico
Electronic Services (614)
PO Box 362708
San Juan, Puerto Rico 00936-2708

Banco Popular de Puerto Rico
Tele Banco Popular ®
PO Box 362708
San Juan, Puerto Rico 00936-2708

 

O enviar un mensaje por correo electrónico a: internet@bppr.com 

 

O visitar: www.popular.com.

 

D. Notificación de Cambios

Usted será responsable de notificar al Banco cualquier cambio en su dirección de correo electrónico. Estos cambios los podrá notificar en cualquier momento comunicándose a Tele Banco Popular (787) 724-3655 ó 1-888-724-3655, o enviando un e-mail a la siguiente dirección: internet@bppr.com       

 

E. Equipo necesario   

Para poder tener acceso a la comunicación electrónica es necesario utilizar una computadora personal, con línea de acceso a la Internet y un navegador con capa de conexiones seguras (SSL, por sus siglas en inglés) y encriptación de 256 bits.

Los navegadores recomendados son:

·       Internet Explorer versión 8 o mayor para Windows.

·       Google Chrome versión 13 o mayor para Windows.

·       Mozilla Firefox versión 6 o mayor para Windows o Mac OS X.

·       Safari versión 5 o mayor para Mac OS X o Windows.

 

III . DISPOSICIONES GENERALES

Banco Popular de Puerto Rico (el “Banco”) le ofrece a usted (“Usted”) una variedad de servicios bancarios electrónicos a través de los servicios de Banca por Internet y TelePago Popular® (de ahora en adelante referidos colectivamente como el “Servicio”, a menos que sea indicado de otro modo).

Los términos y condiciones de este Contrato de Servicio gobiernan el Servicio, sin embargo, el uso de la Cuenta Designada continuará gobernándose por los términos y condiciones correspondientes al contrato de cuentas de depósito cuando la Cuenta Designada sea una cuenta de depósito, o por los términos y condiciones del contrato de tarjeta de crédito cuando la Cuenta Designada sea una tarjeta de crédito (de ahora en adelante referidos como el “Contrato de la Cuenta Designada”).

Además, la Cuenta Designada podrá ser una cuenta del Banco o de otra institución financiera, y continuará estando gobernada por el Contrato de la Cuenta Designada correspondiente de la institución financiera tenedora de la Cuenta Designada. Los términos y condiciones del Contrato de la Cuenta Designada pudieran incorporarse en este contrato para referencia. En caso de algún conflicto entre los términos y condiciones de este Contrato de Servicio y los del Contrato de la Cuenta Designada, los del Contrato de la Cuenta Designada prevalecerán, de lo contrario los términos y condiciones de este Contrato de Servicio deben ser interpretados como complementarios a los del Contrato de la Cuenta Designada. Las divulgaciones y notificaciones relacionadas a sus derechos y obligaciones bajo ciertas leyes financieras, incluyendo aquellos referidos aquí, podrán variar dependiendo de la institución financiera de la cuenta en cuestión. Favor de referirse a las Divulgaciones de Transferencias Electrónicas de Fondos para más información.

 

A. Descripción y Suscripción al Servicio

 

TelePago Popular®

TelePago Popular® es un servicio mediante el cual Usted puede dar instrucciones al Banco a debitar la cuenta que Usted designe (“Cuenta Designada”), la cantidad correspondiente a los pagos periódicos de sus acreedores (“Pagos”) o la cantidad correspondiente a transferencias de fondos entre cuentas (“Transferencias”) iniciadas por Usted, según se dispone más adelante en este Contrato. Este servicio permite acceso a Cuentas Designadas de instituciones financieras que no sean el Banco.

Para suscribirse al servicio TelePago Popular®, Usted puede inscribirse en el servicio de Banca por Internet, o llamar a los teléfonos 787-724-3652/1-888-724-3652. Clientes audio impedido pueden llamar al 787-753-9677 ó 1-800-981-9666. También puede suscribirse visitando a una sucursal para llenar el formulario de inscripción donde dará información específica sobre la Cuenta Designada y las cuentas que Usted desea incluir en el servicio TelePago Popular®.

La suscripción al servicio de TelePago Popular® no lo subscribe a Usted automáticamente en Banca por Internet.

 

Banca por Internet

Banca por Internet le permite dar instrucciones al Banco para hacer Pagos y Transferencias a través del Internet. Para suscribirse al servicio de Banca por Internet, Usted deberá inscribirse a través de la página de Internet del Banco visitando www.bancopopular.com, y seguir las instrucciones indicadas o visitar cualquier sucursal para completar el registro con un oficial bancario. Al suscribirse al servicio de Banca por Internet, Usted quedará automáticamente suscrito al servicio TelePago Popular® y podrá utilizar la gama de servicios ofrecidos en Banca por Internet. Una vez toda la información requerida suministrada por Usted sea debidamente verificada y autenticada, el Banco comenzará a proveer el servicio. El servicio automáticamente le dará acceso a todas las cuentas del Banco en la que Usted sea titular o co-titular.

 

B. Servicio al Cliente / Copias de Notas y Publicaciones

De tener cualquier pregunta referente al Servicio, o para obtener copia del Contrato de Servicio, notificaciones o divulgaciones relacionadas al Servicio, o para notificar algún cambio en su información, así como también para notificar su deseo de cancelar el Servicio, Usted puede visitar cualquiera de nuestras sucursales.

También podrá llamar a los siguientes números de teléfono los 7 días de la semana, las 24 horas del día:

 

TeleBanco Popular®

(787) 724-3650/1-888-724-3650

TelePago Popular®

(787) 724-3652/1-888-724-3652

Banca por Internet

(787) 724-3655/1-888-724-3655

Clientes Audio Impedidos (TDD)

(787) 753-9677/1-800-981-9666

Usted también podrá escribir a:

 

Banco Popular de Puerto Rico
Electronic Services (614)
PO Box 362708
San Juan, Puerto Rico 00936-2708

Banco Popular de Puerto Rico
TeleBanco Popular®
PO Box 362708
San Juan, Puerto Rico 00936-2708

 

O enviar un mensaje por correo electrónico a: internet@bppr.com

O visitar: www.popular.com 

 

IV. SERVICIOS OFRECIDOS

Este Contrato de Servicio describe los servicios básicos de banca electrónica provistos bajo los servicios de Banca por Internet y TelePago Popular®. Otros servicios electrónicos bancarios pueden estar disponibles para Usted dependiendo de a cuales servicios Usted se suscribe y utiliza, así como también depende de con cual institución financiera Usted tiene la Cuenta Designada. El Banco podrá añadir servicios electrónicos bancarios adicionales en el futuro. Todos los servicios electrónicos bancarios actuales y futuros serán gobernados por los términos y condiciones de este Contrato de Servicio y del Contrato de la Cuenta Designada. Para determinar cuales servicios electrónicos bancarios están disponibles, favor de seguir las instrucciones del contestador automático al utilizar TelePago Popular®, los enlaces provistos al utilizar Banca por Internet o comuníquese con un representante de servicio de TeleBanco Popular®.

 

 

Pagos a través de TelePago y Servicio de AutoPay a través de Banca por Internet

 

Usted podrá utilizar el Servicio para hacer Pagos a los acreedores disponibles a través del Servicio que hayan sido designados por Usted. Cuando Usted le de instrucciones al Banco para efectuar Pagos, el Banco debitará la Cuenta Designada y 1) acreditará la cuenta del acreedor con el Banco; 2) enviará el pago electrónicamente al acreedor; o 3) enviará un cheque oficial a través de correo regular al acreedor, según aplique.

 

Categorías de Pagos que pueden hacerse a traveés del Servicio de TelePago:

 

1. Pagos Automáticos - Estos Pagos le permiten a Usted pre-autorizar al Banco a hacer Pagos periódicos sin la necesidad de dar instrucciones adicionales cada vez que Usted quiera que el Banco haga un Pago. Los Pagos Automáticos pueden ser:

 

a. Fijos, que significa que Usted autoriza al Banco a debitar la Cuenta Designada por una cantidad fija, por un periodo de tiempo establecido. Los Pagos Automáticos Fijos requieren que Usted establezca el día en el que quiere que el Banco debite la Cuenta Designada y el periodo de tiempo por el cual el Banco hará los débitos. Por ejemplo, Usted podrá dar instrucciones al Banco de pagar la cantidad establecida de $20.00 a su tarjeta de crédito el día 15 de cada mes por un periodo de 18 meses.

 

b. Variables, que significa que Usted autoriza al Banco a debitar la Cuenta Designada por una cantidad que puede variar en cada ciclo de facturación. Por ejemplo, Usted podrá dar instrucciones al Banco de pagar la cantidad mínima adeudada de su tarjeta de crédito (la cual podrá variar dependiendo del promedio del balance diario de su tarjeta de crédito). El Banco le proveerá a Usted una notificación de la cantidad y fecha del Pago al menos diez (10) días antes de la fecha efectiva del Pago, a menos que Usted haya indicado unas cantidades que el Banco estará autorizado a pagar, en cuyo caso, el Banco le proveerá la notificación con diez (10) días de anticipación sólo si la cantidad cae fuera de las cantidades pre-autorizadas.

 

2. Pagos Sencillos - Para los Pagos Sencillos, Usted podrá dar instrucciones al Banco sobre la cantidad exacta y la fecha del Pago a efectuarse, cada vez que Usted acceda al Servicio.

 

DISPOSICIONES ESPECIALES PARA EL SERVICIO DE AUTOPAY A TRAVES DE BANCA POR INTERNET

 

Al inscribirme en el Programa de Pago Automático de Banco Popular (el "Programa"), autorizo a Banco Popular a debitar de la cuenta bancaria que yo designe (la "cuenta designada") la cantidad indicada por mí para hacer el pago en cada ciclo de facturación de mi Tarjeta de Crédito de Banco Popular.

 

La cantidad del pago y la fecha en que fue debitado automáticamente las veré reflejada en el siguiente estado de cuenta de mi tarjeta de crédito. Además, podré obtener la próxima fecha de pago pendiente al conectarme a Banca por Internet.

 

Categorías de Pagos Automáticos que pueden hacerse a través del Servicio de Autopay:

 

A. Pague el nuevo balance total:

 

Si selecciono la opción de pago automático "Nuevo balance total", autorizo a Banco Popular a debitar de la cuenta designada el nuevo balance total que se muestra en mi estado de cuenta. Este pago puede variar todos los meses, entiendo que puedo escoger una cantidad máxima a debitarse si así lo deseo. Debo tener una cuenta de depósito con Banco Popular para utilizar esta opción.

 

B. Pague solamente la cantidad mínima:

 

Si selecciono la opción de pago automático "Pago Mínimo", autorizo a Banco Popular a debitar de la cuenta designada la cantidad mínima que se muestra en mi estado de cuenta. Este pago puede variar todos los meses. Debo tener una cuenta de depósito con Banco Popular para utilizar esta opción.

 

C. Pague una cantidad fija:

 

Si selecciono la opción de pago automático "Cantidad fija", Banco Popular debitará de la cuenta designada la cantidad fija asignada. Si la cantidad fija es menor al pago mínimo en mi estado de cuenta, entiendo que tendré que hacer pagos adicionales para completar el pago mínimo.

 

Usted reconoce que algunos de los Pagos Automáticos Fijos pueden variar durante la vigencia del Servicio. SI OCURRIERA UN CAMBIO EN LA CANTIDAD, FRECUENCIA O NÚMERO DE CUENTA CON EL COMERCIO DEL PAGO FIJO, QUEDA EXPRESAMENTE CONVENIDO QUE SERÁ OBLIGACIÓN DE USTED NOTIFICAR DICHOS CAMBIOS. Esta notificación del cambio deberá hacerse dentro de un periodo de 10 días antes de la fecha del pago, de manera tal que la fecha de efectividad del ajuste se procese antes de la fecha designada en el formulario de inscripción para procesar el Pago. El ajuste en el Pago no será efectivo hasta que el Banco reciba y procese la notificación de cambio. El Banco no será responsable de discrepancias en los Pagos Fijos hechos antes de recibir y procesar la notificación de cambio antes descrita.

 

Usted reconoce además, que en el caso de Pagos Automáticos a préstamos a plazos (personales o hipotecarios con el Banco o cualquier otra institución financiera), el último plazo podrá incluir cargos por mora, penalidades y otros cargos acumulados y no satisfechos durante la vigencia del préstamo. Usted expresamente autoriza al Banco a debitar la Cuenta Designada por la cantidad total del último plazo del préstamo, incluyendo los cargos descritos anteriormente.

 

Usted deberá dar instrucciones o deberá designar una fecha por lo menos siete (7) días laborables antes de la fecha de vencimiento del pago, de lo contrario, el Banco no será responsable ni garantizará que el Pago se pueda procesar, transferir o enviar antes de la fecha de vencimiento. El Banco no será responsable por: a) errores o tardanzas del acreedor en la aplicación de crédito de los Pagos hechos a través del Servicio; o b) tardanzas en la entrega y procesamiento de los Pagos debidos al Servicio Postal. Al recibirse una queja de parte de Usted por motivo de cualquiera de las dos situaciones antes mencionadas, la responsabilidad del Banco se limitará a: a) investigar diligentemente el historial de procesamiento del Pago en controversia; y b) notificarle a Usted los resultados de dicha investigación dentro de un periodo de diez (10) días laborables, a partir de la fecha en que Usted presente su solicitud para que se investigue el Pago en controversia.

 

El Banco tampoco será responsable por Pagos no aceptados por el acreedor. Si el Banco es notificado por el acreedor de dicho rechazo, la responsabilidad del Banco se limitará a: a) revertir el débito correspondiente al Pago no aceptado el mismo día en que se reciba la devolución del Pago; b) notificarle a Usted el rechazo del pago a más tardar al día laborable siguiente al recibo de la devolución del pago.

 

QUEDA EXPRESAMENTE CONVENIDO QUE EL BANCO NO SERÁ RESPONSABLE POR CARGOS POR DEMORA O CUALQUIER TIPO DE PENALIDAD QUE EL ACREEDOR LE IMPONGA AL CLIENTE, NI POR DAÑOS O INCONVENIENTES DE CUALQUIER NATURALEZA SUFRIDOS POR EL CLIENTE COMO CONSECUENCIA DE PAGOS HECHOS LUEGO DE LA FECHA DE VENCIMIENTO, SI DICHA TARDANZA EN EL PAGO ES ATRIBUIBLE A UNA NOTIFICACIÓN TARDÍA DEL CLIENTE. Si Usted incumple su obligación de notificar al Banco la cantidad y fecha en que se realizará cualquier Pago variable, cesará la obligación del Banco de proveer el Servicio para dicho Pago. Para más información sobre las responsabilidades del Banco y sus procedimientos de solución de errores, favor de referirse a la Divulgación de Transferencias Electrónicas y/o su Contrato de la Cuenta Designada.

 

Transferencias

 

Usted podrá emitir instrucciones al Banco para que el Banco efectúe Transferencias entre la Cuenta Designada y otras cuentas autorizadas. Las Transferencias se harán mediante débito a la Cuenta Designada y los fondos se acreditarán, según sus instrucciones, a cuentas que hayan sido incluidas en el Servicio. Sólo se podrán efectuar Transferencias Automáticas Fijas y Transferencias Sencillas a través del Servicio (las mismas instrucciones de los Pagos Automáticos Fijos y los Pagos Sencillos aplican).

 

Transferencias Interbancarias

 

Este servicio le permite transferir fondos de cuentas que tenga con otras instituciones financieras dentro de Puerto Rico, Estados Unidos y sus territorios hacia cuentas de Banco Popular. El Banco determinará de tiempo en tiempo para qué cuentas estará disponible este servicio.

 

Para registrar sus cuentas en el servicio, deberá completar la activación de las cuentas. Una vez completada la validación, el servicio estará disponible por medio de Banca por Internet en la sección de transferir fondos. Los fondos de las transferencias efectuadas con cuentas de otros bancos estarán disponibles en su cuenta el día en que Banco Popular reciba los fondos.

 

 

 

V. USO DE LA CUENTA DESIGNADA

 

A. Fondos Suficientes

 

Usted deberá mantener fondos suficientes en todo momento para cubrir los Pagos o Transferencias a debitar de la Cuenta Designada bajo el Servicio. DE NO HABER FONDOS SUFICIENTES EN LA CUENTA DESIGNADA, EL BANCO NO TENDRÁ OBLIGACIÓN ALGUNA DE CUBRIR LOS PAGOS O PROCESAR LAS TRANSFERENCIAS.

 

El Banco cobrará un cargo de $15.00 por cada Pago o Transferencia que sea devuelta por insuficiencia de fondos o por cualquier otra razón. Cualquier modificación que se haga a este cargo se le notificará a Usted, según los términos de este Contrato. Otros cargos por transacciones efectuadas con insuficiencia de fondos pudieran aplicar dependiendo del Contrato de la Cuenta Designada.

 

B. Uso del PIN / Usuarios Autorizados

 

Un nombre de usuario, contraseña o número de identificación personal (PIN), (de ahora en adelante referidos como “Parámetros de Acceso”) pueden ser requeridos para utilizar el Servicio. Usted acuerda no divulgar o de otra forma hacer disponible sus Parámetros de Acceso a ninguna persona que no esté autorizada a manejar la Cuenta Designada. Si existen otras personas autorizadas en la Cuenta Designada, Usted autoriza a cada una a utilizar los Parámetros de Acceso y el Servicio. Cualquier firmante de la Cuenta Designada está autorizado a efectuar Pagos y Transferencias.

 

C. Estado de Cuenta de la Cuenta Designada

 

Todo Pago y Transferencia procesada por el Banco se reflejará en su estado de cuenta mensual correspondiente a la Cuenta Designada. Favor de observar que el estado de cuenta mensual reflejará cada débito individual por separado, aunque Usted haya autorizado varios Pagos en la misma fecha.


VI. INSTRUCCIONES AL BANCO

 

A. Hora Límite

 

EL Banco deberá procesar Pagos y Transferencias de lunes a viernes, excepto días feriados federales (de ahora en adelante referidos como “Días Laborables”). Aunque el Banco ofrezca servicio al público algunos sábados, domingos y días feriados, éstos no se considerarán Días Laborables.

Cualquier instrucción de Usted requerida o permitida según las disposiciones de este Contrato, que se reciba en o antes de las 5:00 p.m. de cualquier Día Laborable, se procesará el mismo día que sea recibida. Si sus instrucciones se reciben luego de esta hora o durante cualquier día no laborable, se procesarán el próximo día laborable. Sin embargo, dependiendo de la naturaleza de la transacción, los fondos podrían estar disponibles inmediatamente.

 

B. Honrando Instrucciones

 

El Banco honrará sus instrucciones de hacer Pagos y Transferencias solamente cuando Usted ha cumplido con los términos y condiciones de este Contrato. El Banco no estará obligado a aceptar ninguna instrucción, total o parcial, que: a) exceda los fondos disponibles en la Cuenta Designada; b) no esté en armonía con cualquier condición indicada por Usted y acordada por el Banco; c) el Banco entienda o sospecha que no fue autorizada por Usted; d) incluye fondos sujetos a una congelación, disputa o procedimiento legal que impide su retiro de la Cuenta Designada; e) viole cualquier ley, regla o reglamento aplicable al Servicio, Usted o al Banco; f) no cumple con cualquier otro requisito establecido por los términos y condiciones de este Contrato o con cualquiera de las políticas, procedimientos o prácticas del Banco; o g) para protección del Banco o Usted, el Banco tiene causa razonable para que no sea honrado.

 

C. Instrucciones Incorrectas

 

Si el Banco recibe una instrucción autorizada por Usted y dicha instrucción es de alguna forma incorrecta, el Banco no estará obligado ni será responsable por tal error.


VII. CARGOS POR SERVICIO

 

Usted acepta pagar al Banco los cargos establecidos por el Servicio y lo autoriza a debitar tales cargos de la Cuenta Designada.

Usted acuerda pagar al Banco: a) cualquier servicio especial realizado por el Banco que haya sido solicitado por Usted, b) solicitud de copias o documentos de transacciones ya archivados, y (c) los gastos que el Banco incurrirá al momento de contestar emplazamientos y/u otros documentos legales a ser procesados relacionado a sus transacciones. Usted podrá obtener información sobre los honorarios refiriéndose a las Divulgaciones de Transferencias Electrónicas de Fondos y/o el Contrato de la Cuenta Designada y comunicándose con TeleBanco Popular®.

 

VIII. ERRORES O PREGUNTAS ACERCA DEL ESTADO DE CUENTA DE LA CUENTA DESIGNADA

 

En casos de errores o preguntas acerca del estado de cuenta de la Cuenta Designada, Usted deberá contactar la institución financiera a donde pertenece la Cuenta Designada. Si la Cuenta Designada pertenece al Banco, Usted podrá llamar a servicio al cliente, o podrá enviar la reclamación al Banco a la siguiente dirección: Banco Popular de Puerto Rico, Departamento de Investigación y Ajustes, PO Box 362708, San Juan, PR 00936-2708. Para información adicional relacionada al procedimiento aplicable para resolver los errores de transferencias electrónicas, favor de referirse a las Divulgaciones de Transferencias Electrónicas de Fondos y/o el Contrato de la Cuenta Designada.

 

IX. LÍMITE DE RESPONSABILIDAD

 

Usted es responsable de revisar regularmente su estado de cuenta mensual correspondiente a la Cuenta Designada y de guardar de forma segura sus Parámetros de Acceso. Bajo ciertas circunstancias, el Banco puede ser responsable. Para más información relacionada a sus obligaciones y las del Banco, favor de referirse a las Divulgaciones de Transferencias Electrónicas de Fondos y/o el Contrato de la Cuenta Designada.

 

El Banco deberá realizar todas las gestiones razonables para asegurar el cumplimiento de sus obligaciones bajo el Servicio y resolver problemas que puedan surgir con los Pagos o las Transferencias. Sin embargo, el Banco no será responsable por daños o inconvenientes de cualquier naturaleza que Usted pueda sufrir, si el Banco procede de conformidad con las instrucciones dadas por Usted.

 

Si el Banco no cumple con sus obligaciones de procesar y transferir los Pagos acordados en este Contrato, la responsabilidad del Banco se limitará a rembolsarle a Usted los cargos por demora impuestos mediante el contrato del acreedor correspondiente contra Usted.

 

Usted acepta que ni el Banco ni ninguna parte involucrada en la creación o envío del Servicio son responsables por ningún daño directo, indirecto, incidental, consecuencial o punitivo que surja de su acceso a, o uso del Servicio. El Banco no asume responsabilidad, y no será responsable por, ningún daño o virus que pueda afectar el equipo de computadoras o cualquier otra propiedad de Usted como resultado de acceder, usar, o bajar programas de la página de Internet del Servicio a través de www.popular.com.

 

X. CANCELACIÓN


Las disposiciones de este Contrato de Servicio estarán en efecto y en vigor hasta que cualquiera de las partes notifique su intención de cancelar el Servicio. Usted podrá cancelar este Contrato mediante notificación escrita (por correo, fax o correo electrónico) al Banco o llamando a TeleBanco Popular®.

 

El Banco se reserva el derecho de cancelar este Contrato de Servicio o suspender su participación en el Servicio en cualquier momento, a través de notificaciones previas. El Banco puede cancelar el Servicio inmediatamente si: a) Usted o cualquier usuario de los Parámetros de Acceso incumple cualquier acuerdo con el Banco; b) si el Banco tiene razón para creer que ha habido o puede haber un uso no autorizado de los Parámetros de Acceso, de la Cuenta Designada o del Servicio; c) si cualquier parte asociada con la Cuenta Designada suya se lo solicita; d) si hay reclamaciones conflictivas en cuanto a los fondos de la Cuenta Designada.

 

Si Usted o cualquier parte solicita al Banco la terminación del Servicio o si la Cuenta Designada está cerrada por alguna razón, Usted permanecerá siendo responsable por las transacciones previamente autorizadas.

 

XI. ENMIENDAS

 

El Banco se reserva el derecho de modificar los términos de este Contrato en cualquier momento y le notificará tales cambios por correo o mensaje electrónico.  El realizar transacciones utilizando el Servicio luego de la fecha de efectividad del cambio constituye su aceptación del mismo.

 

 

DIVULGACIÓN PARA TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS DE FONDOS

En cumplimiento con el Reglamento E, que regula las transferencias electrónicas de fondos, el Banco Popular de Puerto Rico (Banco) provee esta divulgación sobre los términos y condiciones bajo los cuales el Banco presta el servicio de transferencias electrónicas de fondos y los derechos y responsabilidades que usted tiene bajo dicho Reglamento. Estas disposiciones aplican solamente a cuentas de individuo, no aplican a cuentas comerciales.

 

I. Servicios Bancarios Disponibles

 

A. Cajero A Toda Hora (ATH) del Banco Popular - puede utilizar su tarjeta ATH, ATH Internacional y ATH Internacional Oro validada en cualquiera de nuestros Cajeros A Toda Hora para los siguientes propósitos:


-Retiros
-Depósitos*
-Transferir fondos de la sección de transacciones a la de ahorro o viceversa, en las cuentas que aplique
-Verificación de Balances*
-Realizar pagos a préstamos*
-Realizar pagos mediante transferencias de fondos entre cuentas
-Obtener adelantos en efectivo

 

(*) Estos servicios de los Cajeros ATH no serán considerados transferencias electrónicas. Estos servicios pueden no estar disponibles en algunos Cajeros ATH o cajeros automáticos de otras instituciones.

 

B. Punto de Venta (POS) - puede utilizar su tarjeta validada para pagar compras en establecimientos que han acordado aceptar la misma como medio de pago.

 

C. Transferencias de Débito y Crédito Preautorizadas

 

D. Otros Pagos Autorizados

 

II. Límite en las Cantidades de las Transferencias

 

En los Cajeros ATH, los retiros de efectivo de su cuenta de cheques o de ahorro no podrán exceder de $500 por día. En las cuentas Popular Plus, FlexiCuenta y Private Management Account de P.R., el máximo será de $1,000 por día.

En el servicio de TelePago Popular y Banca por Internet, las transferencias de fondos (debito y crédito) en tiempo real les aplica lo siguiente:

 

Transferencias entre Cuentas en las que el Cliente es Firmante

 

Tipos de Cuentas

 

Debito (Transferencias Enviadas)

 

 

Crédito (Transferencias Recibidas)

 

Máximo Total Diario

 

 

Cheque y Ahorros

De Individuo

 

$10,000

 

$10,000

 

$20,000

 

Private Management

Account

 

Ilimitado

 

 

 

Depende de la cuenta que recibe el credito1

 

Depende de la cuenta

Que recibe el credito1

 

Transferencias a Cuentas de Terceros

 

Cheque y Ahorros

De Individuo

 

$2,500

 

$2,500

 

$5,000

 

Private Management

Account

 

$20,000

 

Depende de la cuenta que recibe el credito1

 

Depende de la cuenta

Que recibe el credito1

1. Cliente debe referirse a su Banquero Privado

 

III. Cargos por Transferencias (en las cuentas que aplique)

 

Los cargos aplicables para transferencias electrónicas de fondos se desglosan en el Anejo al Contrato de Cuentas de Depósito.

Cada institución bancaria podrá imponer un cargo a su tarjeta ATH por cada transacción que Usted realice. Este cargo es cobrado por el Banco al que pertenece el cajero automático.  Todo operador de un cajero automático fuera de la Red ATH del Banco puede imponer un cargo a su cuenta por cada transferencia electrónica de fondos, independientemente de la cantidad de la transacción.

 

IV. Derecho a Recibir Documentación o Verificación Referente a las Transferencias

 

Recibos - Al utilizar nuestros Cajeros ATH o los terminales POS del Banco, Usted obtendrá un recibo de transacción. Sin embargo, proveer este recibo no es un requisito para transferencias electrónicas de quince dólares ($15) o menos.

Estados de Cuenta - Usted recibirá del Banco un estado de cuenta mensual en el cual se reflejarán todas las transacciones procesadas por el Banco y las fechas en que fueron procesadas las mismas.

 

V. Transacciones Preautorizadas

 

Créditos Preautorizados - Si su Cuenta ha de ser acreditada al menos una vez cada 60 días mediante un crédito (Depósito Directo) de un mismo pagador, puede llamar a: TELEBANCO POPULAR, 787-724-3650 (celulares y área metropolitana) ó libre de cargos al 1-888-724-3650 (fuera del área metropolitana) para depositantes de P.R. o libre de cargos al 1-888-724-3659 para depositantes de U.S.V.I. y Tortola, 24 horas al día, siete días a la semana.  para confirmar si el crédito se ha efectuado. Teléfonos disponibles para audio impedidos (TDD): 753-9677 (área metropolitana) ó libre de cargos al 1-800-981-9666 (fuera del área metropolitana). 

Débitos Preautorizados- Si usted autoriza débitos automáticos de su cuenta por cantidades que puedan variar, el beneficiario le notificará 10 días antes de la fecha del pago la cantidad y la fecha del débito. Usted puede elegir recibir esta notificación sólo cuando el pago vaya a exceder la cantidad previamente establecida o cuando la cantidad caiga fuera de los límites previamente establecidos.

 

VI. Días Laborables

 

Los días laborables del Banco son de lunes a viernes, excluyendo los días feriados. Aunque ofrecemos servicios al público algunos sábados, domingos y días feriados, estos no se considerarán días laborables.

 

VII. Responsabilidad por Transferencias no Autorizadas: Hurto, Robo o Extravío del Dispositivo de

 

Acceso (PIN) / Procedimiento aplicable a la Resolución de Errores en Transferencias Electrónicas

Si usted cree que su tarjeta o PIN ha sido hurtada, robada o se le ha extraviado, llámenos al: 787-724-3650 (celulares y área metropolitana) ó libre de cargos al  1-888-724-3650  (fuera del área metropolitana) para depositantes de P.R. o libre de cargos al 1-888-724-3659 para depositantes de U.S.V.I. y Tortola) 24 horas al día, 7 días a la semana. Teléfonos disponibles para audio impedidos (TDD): 753-9677 (área metropolitana) ó libre de cargos al 1-800-981-9666 (fuera del área metropolitana). También puede escribir a la siguiente dirección: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, CENTRO DE SOLUCIONES AL CLIENTE (685),  PO BOX 362708, SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-2708.

 

Usted podría perder, bajo ciertas circunstancias, la totalidad de los fondos depositados en su cuenta, así como la totalidad del crédito disponible en su cuenta. La forma más rápida de avisar al Banco y así reducir sus posibles pérdidas es mediante una llamada telefónica.

 

Si Usted notifica al Banco dentro de los dos (2) días laborables siguientes a la fecha en que tiene conocimiento del hurto, robo, extravío o posible uso no autorizado de su tarjeta, su responsabilidad máxima será de $50.

 

Si usted NO nos notifica dentro de los dos (2) días laborables siguientes a la fecha en que tuvo conocimiento del hurto, robo, extravío o posible uso no autorizado de su tarjeta, y el Banco puede probar que hubiera evitado el uso no autorizado de su tarjeta de haber recibido su notificación a tiempo, usted podría perder hasta $500.

 

Además, notifíquenos de inmediato si el estado mensual de su cuenta refleja transacciones no autorizadas ni efectuadas por usted mediante el uso de la tarjeta de acceso. Si NO nos notifica dentro de los sesenta (60) días siguientes al envío por correo del estado de cuenta en cuestión, y el Banco puede probar que hubiera impedido el uso no autorizado de haber recibido su notificación a tiempo, usted no tendrá derecho a reembolso alguno por concepto de transferencias o retiros de fondos efectuados después de transcurrido dicho período.

 

Si una razón meritoria, como hospitalización o viaje prolongado, le impidiera notificarnos a tiempo, podríamos extender el período para hacer su notificación.

 

VIII. Divulgación a Terceras Personas Respecto a sus Cuentas

 

El Banco sólo divulgará información sobre sus cuentas o sobre las transferencias que usted haya efectuado: (1) para verificar la existencia y condición de su cuenta a terceras personas, tales como una agencia de información de crédito o comerciantes; (2) para cumplir con órdenes emitidas por los tribunales o por las agencias gubernamentales; (3) cuando fuera necesario para completar o procesar una transferencia; o (4) cuando usted lo autorice por escrito.

 

IX. Responsabilidad del Banco por No Efectuar Transferencias

 

Si el Banco no procesa a tiempo o correctamente una transacción, será responsable por los daños o pérdidas que usted sufra. Sin embargo, el Banco no será responsable en las siguientes situaciones: (1) si por cualquier razón que no fuera imputable al Banco, usted no tiene fondos o crédito suficiente en su cuenta para efectuar la transferencia o retiro; (2) si el Cajero ATH donde usted efectúa la transacción no tiene suficiente dinero en efectivo; (3) si la transferencia excede los fondos disponibles bajo su cuenta de transacciones, ahorro, reserva; (4) si el Cajero ATH no está operando adecuadamente y usted sabía del desperfecto cuando comenzó la transferencia; (5) si usted no nos había notificado el hurto, robo, extravío o posible uso no autorizado de su tarjeta; (6) si circunstancias fortuitas, tales como incendios o inundaciones, impiden la transferencia, a pesar de las precauciones razonables que el Banco haya tomado; (7) si los fondos de la cuenta están sujetos a un procedimiento legal, restricción o embargo que impida la transferencia de fondos.

 

X. Procedimiento Aplicable a la Resolución de Errores en Transferencias Electrónicas

 

En caso de dudas o si entiende que existe un error en su estado de cuenta o en el recibo emitido por el Cajero ATH o terminal POS:

 

En cuentas con tarjeta ATH llámenos al: 787-724-3650 (celulares y área metropolitana) ó libre de cargos al  1-888-724-3650 (fuera del área metropolitana) para depositantes de P.R. o libre de cargos al  1-888-724-3659 para depositantes de U.S.V.I. y Tortola). Teléfonos disponibles para audio impedidos (TDD): 787-753-9677 (área metropolitana) ó libre de cargos al 1-800-981-9666 (fuera del área metropolitana). También puede enviarnos su reclamación a la siguiente dirección: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO, DEPARTAMENTO CENTRO DE SOLUCIONES AL CLIENTE, PO BOX 362708, SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-2708.

 

Debemos conocer su reclamación dentro de los 60 días siguientes a la fecha de envío del primer estado de cuenta donde aparece el error. Al comunicarse con nosotros, usted deberá indicar:

-su nombre y número de cuenta,
-la fecha y número de referencia de la transacción,
-el motivo de su reclamación o duda, y
-la cantidad en dólares del error alegado.

 

Si hace su reclamación por teléfono, para salvaguardar sus derechos, deberá confirmar por escrito dentro de los 10 días laborables siguientes.

 

De ser necesario, el Banco podrá tomar hasta cuarenta y cinco (45) días naturales para investigar si la transacción es en Puerto Rico, E.U. o U.S.V.I. (local), o noventa (90) días naturales, si la transacción es fuera de Puerto Rico, E.U. o U.S.V.I. (extranjero) o en un punto de venta. En tal caso, el Banco acreditará a su cuenta la cantidad a la cual usted alega tener derecho por razón del error imputado dentro de diez (10) días laborables si la transacción es local, en el extranjero o en un punto de venta. Así, usted podría utilizar dicha cantidad durante el período de tiempo que nos tome terminar la investigación. Si el Banco no recibimos confirmación de su reclamación por escrito dentro del plazo de los diez (10) días laborables señalados, podríamos no acreditar provisionalmente a su cuenta la cantidad de dinero en disputa.

 

El Banco le enviará a usted una explicación por escrito dentro de los tres (3) días laborables siguientes a la fecha en que el Banco concluya su investigación. Usted podrá solicitar al Banco copia de los documentos utilizados en la investigación.

 

XI. Derecho a Suspender una Transferencia Preautorizada

 

Si Usted ha autorizado a realizar débitos (Pagos) de su Cuenta, usted puede suspender cualquiera de estos servicios. Llámenos al: 787-724-3650 (celulares y área metropolitana) ó libre de cargos al  1-888-724-3650 para depositantes de P.R. o libre de cargos al 1-888-724-3659 para depositantes de U.S.V.I. y Tortola). Teléfonos disponibles para audio impedidos (TDD): 787-753-9677 (área metropolitana) ó libre de cargos al 1-800-981-9666 (fuera del área metropolitana), o escríbanos a: BANCO POPULAR DE PUERTO RICO - TELEBANCO POPULAR, PO BOX 362708, SAN JUAN, PUERTO RICO 00936-2708, de manera que recibamos su orden de suspensión de pago por lo menos tres (3) días laborables con antelación a la fecha señalada para el pago. Si la orden de suspensión se hiciera verbalmente, la misma se tiene que confirmar por escrito dentro de los catorce (14) días de haber hecho la llamada.

 

XII. Responsabilidad del Banco por No Suspender un Pago de una Transferencia Preautorizada

 

El Banco será responsable por los daños causados a usted por dejar de realizar una orden de suspensión de pago de una transferencia preautorizada por usted, siempre y cuando las instrucciones de suspensión se reciban según las disposiciones y condiciones de esta divulgación.